Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos
Nos encargamos de la elaboración y la tramitación de la documentación necesaria para dar de alta a su empresa en el RGSEAA y cumplir de esa manera con la legislación sanitaria vigente.
El Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), regulado mediante el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero (BOE 8.3.2011) está adscrito a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, y tiene como finalidad la protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores, facilitando el control oficial de las empresas, establecimientos y productos sometidos a inscripción.
Este nuevo real decreto ha derogado el RD 1712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, y tiene como novedad que las inscripciones de las empresas no deberán ser objeto de convalidación cada cinco años, tal y como se establecía en la anterior normativa.
Se inscribirán en el Registro cada uno de los establecimientos de las empresas alimentarias o, en el caso de que éstas no tengan establecimientos, las propias empresas, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Que la sede del establecimiento o la sede o domicilio social de la empresa que no tenga establecimiento esté en territorio español.
- Que su actividad tenga por objeto:
- Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano.
- Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos.
- Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.
- Que su actividad pueda clasificarse en alguna de las siguientes categorías:
- Producción, transformación, elaboración y/o envasado.
- Almacenamiento y/o distribución y/o transporte.
- Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.